La Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoría del Pueblo, anunció hoy que su institución inició, hace algunos días, la campaña ¡ADIOS AL CASTIGO! que tiene por objeto concientizar a los padres de familia y profesores de las instituciones educativas de la región respecto a la inconveniencia de aplicar castigos físicos y humillantes a niños y niñas. Sergio Meza Salazar, Jefe de la Defensoría del Pueblo en Tacna indicó que en las últimas semanas se visitaron instituciones educativas en Tarata, Ticaco, Estique Pampa, Tarucachi, Susapaya, Sitajara, Chucatamani y en Los Palos, Boca del Río, Vila Vila, La Yarada y Sama Inclán, en donde se repartieron folletos, se pegaron afiches y se conversó con profesores y alumnos sobre los alcances de la campaña.
Al mismo tiempo de la campaña se está difundiendo el Documento de Trabajo titulado ¡ADIOS AL CASTIGO! La Defensoría del Pueblo Contra el Castigo Físico y Humillante a Niños, Niñas y Adolescentes, que se ha elaborado sobre la base de visitas a 36 Defensorías Municipales de Niños y Adolescentes (DEMUNAS) en distintas partes del país. Los datos recogidos por la Defensoría del Pueblo dan cuenta de que 27 de las DEMUNAS (el 75%) señalaron que habían conocido casos de castigo físico y humillante; nueve de ellas (el 25%) reportaron lo contrario. Asimismo se pudo observar que entre las diversas manifestaciones del castigo destacan los golpes con palos, con cables de luz y jalones (24 DEMUNAS); quemaduras de manos o de otras partes del cuerpo (3 DEMUNAS), así como actos de humillación denunciados como forma de castigo (en una DEMUNA).
En su visita a algunas DEMUNAS del país, la Defensoría del Pueblo constató que la mayoría de los agresores está constituida por los padres de familia (23 DEMUNAS). Luego aparecen los profesores (7 DEMUNAS) y los familiares "padrastros, abuelos, tíos y hermanos mayores" (6 DEMUNAS). Los auxiliares de educación también son identificados como sujetos que realizan este tipo de prácticas contra los niños (tres DEMUNAS).
El Jefe de la Defensoría en Tacna sostuvo que en el estudio presentado se considera que el castigo físico y humillante se produce en el ámbito familiar y el ámbito educativo por ser los espacios privilegiados de formación de los niños. Asimismo agregó que la práctica del castigo genera efectos psicosociales negativos que afectan al desarrollo de los niños, vulnera al conjunto de sus derechos y, en consecuencia, violenta el principio del interés superior del niño. Los derechos que se ven vulnerados de manera especial, pero no excluyente, son el derecho a la vida, el derecho a la integridad personal y el derecho a la igualdad y no discriminación.
En este sentido, Meza Salazar dijo que la corrección moderada contemplada en nuestra legislación no puede ser entendida como una licencia que se otorga a los padres para que puedan utilizar el castigo físico y humillante como un método de disciplina. Por el contrario, este marco legal "hasta su modificación" debería ser interpretado en concordancia con el marco de protección establecido por la Constitución Política del Perú de 1993 y por los Sistemas Internacionales de Protección a los Derechos Humanos (regional y universal).
En su condición de Estado"Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Perú tiene la obligación de formular políticas públicas para la protección de los derechos del niño frente a casos de castigo físico y humillante. Esta obligación implica aprobar normas, planes, programas y mecanismos de protección en esta materia, así como promover y difundir métodos de disciplina que no atenten contra la integridad personal de los niños.
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