Antes las quejas constantes de muchos vecinos por ruidos nocivos y molestos que atentan contra la tranquilidad y la salud de la población, la Comuna Provincial de Tacna refiere que se encuentra en plena vigencia el Reglamento de Control y Regulación de Ruidos en el Ámbito Urbano. Para el cumplimiento de este reglamento, enmarcado en la Ordenanza Municipal 0030-09 de setiembre del 2009, la Gerencia de Fiscalización y Control, y la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Salud están implementando las acciones administrativas pertinentes.
Este dispositivo, dirigido a los locales públicos, a fin que cuenten con las respectivas barreras acústicas y los ruidos generados en el interior de los locales no trasciendan al exterior. También, se encuentran sujetas a cumplir este reglamento, todas las personas naturales y jurídicas dedicadas a la conducción de vehículos, sean estos particulares o de servicio público; así como los conductores de establecimientos comerciales e industriales, restaurantes, bares, discotecas, tragamonedas y afines.
Su objetivo principal de la ordenanza, es proteger la salud y mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible.
Se dispone, que los locales que cuenten con aislamiento acústico exigido, al igual que el resto de locales, se encuentran en la obligación de no exceder los niveles de ruidos que perjudican la salud de las personas.
Para efectos de esta ordenanza se entienden por:
Ruidos nocivos
Los producidos en la vía pública, viviendas, establecimientos industriales o comerciales y en general en cualquier lugar público o privado que excedan los siguientes niveles:
* En zona residencial 80 decibeles
* En zona comercial 85 decibeles
* En zona industrial 90 decibeles
Ruidos molestos
De 07:00 a 22:00 Hrs. De 22:00 a 07:00 Hrs.
* Protección especial 50 decibeles 40 decibeles
* Zona residencial 60 decibeles 50 decibeles
* Zona comercial 70 decibeles 60 decibeles
* Zona industrial 80 decibeles 70 decibeles
Está prohibido el uso de bocinas, escapes libres, altoparlantes, megáfonos, equipos de sonido, sirenas, silbatos, cohetes, petardos, grupos electrógenos o cualquier otro medio, que por su intensidad, tipo, duración o persistencia, que ocasionen al vecindario.
Esta ordenanza dispone que la Municipalidad Provincial podrá en ocasiones extraordinarias o excepcionales, como Fiestas Patrias, Fiestas de Tacna, Navidad, Años Nuevo y similares, suspender por periodos determinados las referidas prohibiciones.
Para el caso de la realización de una actividad pública eventual, que produzca ruidos molestos, se requiere previa autorización municipal. Los locales sociales en que se realicen fiestas o reuniones públicas deberán funcionar a puerta cerrada y no podrán exceder en la producción de ruidos, observando los límites fijados.
MPT