La Corte Superior de Justicia de Lima, declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el congresista Javier Diez Canseco y anula la decisión del Congreso de la República que acordó suspenderlo del cargo por 90 días.
Javier Diez Canseco en el mundo digital: político y tuitero
Foto: Difusión
La sentencia, emitida por el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional, señala que se afectó los derechos fundamentales del parlamentario tales como al debido proceso (legalidad, taxatividad, motivación, defensa) y a su honor.
Asimismo, señala que la supuesta inconducta del suspendido padre de la patria “no se encuentra tipificada como falta ética y se incorporó en el debate del pleno un hecho que no fue materia de investigación”.
Como se recuerda, el Pleno del Congreso sancionó a Diez Canseco al considerar que la iniciativa legal que presentó (“Proyecto de ley que restituye a las acciones de inversión su calidad de acciones comunes con voto o de capital con voto y a sus titulares los derechos económicos, políticos o societarios”) favorecía su ex esposa e hija y a un ex colaborador de la Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros del periodo 1990-2001.
Ante ello, el sancionado congresista se defendió al señalar que el castigo impuesto viola el Código de Ética Parlamentaria debido a que se le imputa una conducta que no está explícitamente regulada como infracción.
Agrega que el informe que sustenta la sanción “ocultó información que acreditaba que no existió tal conflicto de intereses” porque el proyecto “no generaba beneficio económico alguno para ninguno de sus familiares”.
En la acción de amparo, el congresista consideró como injusta su sanción ya que, sostiene, “siempre ha actuado con transparencia sin afectar ninguna norma ética establecida en el reglamento del Congreso”.
Finalmente el juez ordena a la Comisión de Ética Parlamentaria que proceda a emitir un nuevo informe final, teniendo cuenta lo establecido en la sentencia.
Fuente: Terra