Utilizó facturas falsas para obtener indebidamente crédito fiscal y solicitar la devolución del IGV por exportación de bienes.
La Corte Superior de Justicia del Santa (Chimbote) condenó a ocho años de prisión efectiva a Rudi Marcos Alvarado Córdova, representante legal de la empresa Agro Export Elite SAC, por los delitos de defraudación tributaria y tentativa de obtención indebida de devoluciones de impuestos. El caso fue denunciado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en el 2008.
El sentenciado, en su condición de representante legal de la empresa y con la participación de una trabajadora del área de contabilidad (identificada como Miriam Vergaray Pedroza), crearon “empresas fantasma”, inscribiendo en el RUC a supuestos proveedores e imprimieron facturas y guías de remisión falsas.
Durante el proceso judicial se comprobó que tenían la custodia y todo el manejo de los comprobantes e inscripción en el RUC de los proveedores. De esta manera, simulaban operaciones de compra para obtener de manera ilícita un crédito fiscal que no les correspondía.
La cómplice del delito se acogió a la “conclusión anticipada del juicio”, al haber aceptado los cargos en su contra. La confesión sincera y su colaboración con la administración de justicia, determinaron que la Corte de Justicia imponga contra ella una condena de prisión suspendida de cuatro años.
Entre enero de 2005 y marzo de 2006 -y en complicidad con Vergaray Pedroza-, Alvarado Córdova se encargó de realizar ventas fantasmas, simulando operaciones de compra de ají páprika para exportación, a través de falsos proveedores que eran contactados por la trabajadora de contabilidad.
Como representante legal de la empresa Agro Export Elite SAC, el sentenciado solicitó ante la SUNAT, en abril del 2006, la devolución del saldo a favor como beneficio del exportador, por las supuestas operaciones comerciales que realizó por un importe de S/. 238 mil soles.
A partir de dicha solicitud, la SUNAT inició un proceso de fiscalización determinando la existencia de operaciones de compra no reales, a través de cruces de información, manifestaciones e irregularidades en la documentación contable presentada por el contribuyente.
Así, se verificó, entre otros aspectos, que los supuestos proveedores tenían como actividades reales los oficios de “taxistas”, “zapateros” y “empleadas domésticas”. La devolución no fue autorizada, lo que sirvió para sustentar la acusación por la tentativa de obtención indebida de dicho beneficio tributario.
La condena se emitió el pasado viernes 5 de octubre y, aunque Rudi Alvarado presentó ayer ante la Corte Superior de Justicia del Santa una apelación de su sentencia, ya ha sido recluido en el “Penal Cambio Puente” de Chimbote.